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Revista del Camionero
Actualidad
El 1 de Agosto tocan la campana a empresas
medianas y pequeñas
Facturación Electrónica
D
esde el 1 de Agosto rige la
obligación para las pequeñas y
medianas empresas de incor-
porarse al nuevo sistema de
facturación electrónica, según la ley 20.727,
que entró en vigencia en 2014 y que hasta
ahora ha sido exigible sólo a empresas de
gran tamaño. La nueva normativa mandata a
las empresas urbanas cuyos ingresos anuales
por ventas y servicios están en el rango entre
2.400 UF y 100 mil UF.
El Servicio de Impuestos Internos, SII, explica
que “la factura electrónica es un documento
digital que tiene validez legal tributaria
como medio de respaldo de las operaciones
comerciales entre contribuyentes”, agregando
de forma clara que “reemplaza a las facturas
tradicionales de papel”. Su uso es obligatorio
para todos los contribuyentes con actividades
económicas de primera categoría – empresas
En el sistema nuevo, las facturas van firmadas
digitalmente por el emisor, su numeración
es autorizada vía internet por el SII y su
validez puede consultarse en la página web
del Servicio. Mediante correos electrónicos y
mensajes en su sitio oficial, el SII informará de
la fecha a partir de la cual los contribuyentes
deben empezar a emitir factura electrónica.
Hay dos formas en que las empresas pueden
cumplir con la factura electrónica: uno
es el sistema gratuito que ofrece el SII,
el Portal Mipyme, y otro es emplear uno
adquirido en el mercado y validado por
Impuestos Internos, correspondiendo a las
empresas elegir el sistema de facturación
que usarán. Señala que el Sistema de
Facturación Electrónica Portal MIPYME
“está diseñado para empresas de buen
comportamiento tributario que cumplen
los criterios establecidos para acceder
a él. Y tiene un tope. Las empresas que
superen el nivel de ventas de $500 millones,