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Revista del Camionero
Economía
E
l proyecto de ley denominado de
Modernización Tributaria presentado por
el Gobierno ante el Congreso, es una
iniciativa que apunta en distintas direcciones, y
cuyo propósito manifestado por la autoridad es
recuperar el dinamismo económico y reintegrar
el sistema tributario, lo que cambia la situación
impositiva dejada por la administración anterior
en la reforma tributaria de 2014.
Antes de su despacho y anuncio oficial, en el
trabajo pre legislativo, el Ministerio de Hacienda
dialogó con distintas entidades y gremios. Así,
a las mesas de trabajo se integró el Consejo
Nacional de la Micro, Pequeña y Mediana
Las líneas centrales del
proyecto de reforma tributaria
del Gobierno
Empresa, CONAPYME, que planteó incluir en
dicho proyecto normas que fortalecieran a los
emprendimientos de menor tamaño. Tanto el
Presidente de la República, Sebastián Piñera,
como el Ministro de Hacienda, Felipe Larraín,
manifestaron que la iniciativa se basa en siete
líneas. Estas son:
- Incentivar el crecimiento, el emprendimiento, la
inversión, el ahorro, y el empleo
- Hacer el camino más fácil a las Pymes y a los
emprendedores
- Otorgar certeza jurídica y ser predecible para
todos los contribuyentes
- Incorporar a la nueva economía digital
- Modernizar la relación del contribuyente con
el SII
- Resguardar los equilibrios fiscales
El proyecto, que debe ser debatido en ambas
ramas del Congreso, crea un sistema tributario
general único para todas las empresas, llamado
Sistema Integrado Total, que no altera los
actuales regímenes especiales de renta presunta.
La propuesta establece una integración total del
impuesto corporativo, imputable 100% contra
los impuestos finales, para tributar con impuestos
finales sobre la base de retiros efectivos, no en
base a ingresos atribuidos como ocurre ahora.
Mantiene la tasa de Impuesto de Primera
Categoría en 27% para los contribuyentes en el
sistema integrado total.
“Cláusula Pyme”
Crea una diferencia para contribuyentes
pequeñas empresas, que pagarán primera
categoría de 25% según cumplan con los
requisitos de la denominada “Cláusula Pyme”.
Se indica que serán consideradas Pymes, para
efectos tributarios, las empresas con ingresos
anuales hasta 50.000 UF. La simplificación de
registros tributarios indica que si no tiene rentas
exentas, no debe llevar registros.
Medidas pro-inversión
Se establece un régimen transitorio por dos años
de depreciación instantánea de 50% de la nueva
inversión en activos fijos, y de forma acelerada,