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Revista del Camionero
Seguridad
E
n Chile está prohibido importar un
camión por partes y luego rearmarlo
en el país. Más aún si es usado. Pero
se hace empleando resquicios legales
que, como todo resquicio, aprovecha
los vacíos de la ley o la interpreta maño-
samente para revestir de formalidad un
procedimiento fraudulento, que burla el
cuerpo jurídico. Los camiones hechizos,
inscritos en el borde mismo de la ley y
mediante sentencia judicial, son una
realidad. Se calculan en unos 3.000, y sus
propietarios compiten deslealmente con
otros transportistas que actúan en forma
correcta, depreciando tarifas y echando
al suelo cualquier principio de seguridad
vial.
Sin embargo, cuando se les detecta son
incautados y, además de la constante
incautación de hechizos, por primera
vez se logró el rechazo de la inscripción
de un camión usado, importado por
partes, luego rearmado y pasado por un
tribunal para blanquearlo. Esto ocurrió
cuando la Corte de Apelaciones de
Valparaíso impugnó la inscripción de un
camión usado marca Scania, armado
en Chile con partes y piezas interna-
das procedentes de Holanda. La ley
Nº18.483, sobre Estatuto Automotriz,
prohíbe el ingreso de camiones usados
por partes y su posterior rearme, ya que
sólo pueden ser ingresados vehículos
nuevos. Hay una excepción que permite
internar vehículos usados, pero son los
destinados a fines especiales, ambu-
lancias, carros funerarios, de bomberos
y para aseo de calles.
Rolando Fuentes, abogado del estudio
jurídico que ganó la causa del rechazo
de la inscripción del camión usado,
indica cómo estas mafias legalizan estos
camiones. “Acuden al Registro Civil para
inscribirlos, donde son rechazados por
irregularidades en la documentación
presentada. De ahí, voluntariamente
recurrena los tribunales paraque se revise
el asunto, el cual, por lo general, termina
aprobándose”. Como se trata de una
sentencia judicial, el camión se inscribe
Corte de
Apelaciones
de Valparaíso
impugnó
inscripción con
partes y piezas
usadas
Golpe al
contrabando
de camiones