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En sede de la Confederación de Dueños de Camiones, Ministro de Hacienda anunció proyecto en favor de Pymes y clase media
El Ministro de Hacienda, Mario Marcel, anunció en la sede de la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile el ingreso al Parlamento del proyecto de ley de tributación destinado a aliviar a las pymes y a la clase media.
El secretario de estado llegó hasta la sede gremial acompañado por la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, y jefes de servicios públicos, donde fue recibido por el presidente de la CNDC, Juan Araya. En el lugar sostuvo una reunión informativa con unos 30 representantes de entidades que agrupan a pequeñas y medianas empresas.
Marcel indicó que el conjunto de las iniciativas contempla la reducción de impuestos para las pymes, introduce beneficios a la clase media, reduce exenciones y modifica otras disposiciones. Se trata de beneficios en gastos de arriendo y educación; y se fija el pago de contribuciones de los adultos mayores de segmentos más vulnerables en el 5% de sus ingresos.
“Estamos hablando de 1 millón de pymes beneficiadas, 900.000 contribuyentes que arriendan que pertenecen a la clase media, 80.000 adultos mayores y todo esto financiado por alrededor de 70.000 contribuyentes con rentas mensuales superiores a $8.200.000”, dijo el ministro al explicar el alcance de la iniciativa. Respecto del reavalúo de bienes raíces no agrícolas que correspondía aplicar a contar del 1 de enero del 2026, la autoridad señaló que el proceso va a extenderse por un año más para perfeccionar los mecanismos de cálculo de los avalúos, y contar con la retroalimentación de parte de los municipios.
Por su parte, el presidente de la CNDC, Juan Araya, dijo que este “es un proyecto enormemente positivo, que será de gran beneficio e impulso para las pymes. Hay que destacar que fue un diálogo entre Hacienda y los gremios durante un año, 30 reuniones, en que se abordaron todos los aspectos. Así que ahora esperamos que el Congreso entienda el sentido de este proyecto de ley, de manera que sea aprobado”.
Efectivamente, los contenidos del proyecto de ley fueron extensamente discutidos en numerosas reuniones entre Hacienda y los gremios. Ello, a juicio de los dirigentes que intervinieron, permitió dar forma a una iniciativa más consensuada, que permitiera dar impulso a las pymes.
Principales ejes del proyecto
El Ministerio de Hacienda, a través de un comunicado, informó las principales materias que forman el proyecto de ley. Son las siguientes:
Suspensión de Reavalúo 2026: Con el propósito de entregar mayores antecedentes y certezas a los contribuyentes respecto de los componentes que se consideran en la determinación del avalúo de un inmueble se suspenderá el proceso de reavalúo que correspondía ajustar dichos valores en 2026 hasta el año 2027.
Beneficios al adulto mayor (Ley N° 20.732): Para quienes pertenezcan al 60% más vulnerable, se establece un tope máximo de pago de contribuciones, equivalente al 5% de sus ingresos anuales, incluso si el avalúo de su propiedad supera los límites actuales. Esta modificación permitirá beneficiar a unos 75.851 adultos mayores que actualmente no acceden a ningún tipo de beneficios.
Gasto en arriendo: Las personas que requieren arrendar una vivienda podrán descontar hasta 8 UTM ($6,6 millones) anuales del impuesto a la renta por pagos de arriendo, el cual equivale aproximadamente a un arriendo mensual de $ 550.000. El beneficio es completo para personas con ingresos anuales de hasta las 90 UTA ($ 74.138.760), el que va decreciendo proporcionalmente sobre dicho nivel de rentas y no es utilizable por personas con ingresos anuales superiores a 150 UTA ($123.564.600). Cerca de 900.000 personas verán una disminución de su carga tributaria.
Gastos en educación: Se simplifica el cálculo del límite del ingreso familiar para acceder a este beneficio (ingresos anuales menores a 792 UF/ $31.069.922), considerando solo al padre o madre que tiene la custodia del menor.
Impulso para las Pymes y Régimen transparente
Hoy, el 74,7% de las empresas en el régimen pyme tienen ventas hasta 2.400 UF (microempresas) y este porcentaje sube a 90,6% si se considera las empresas con ventas hasta 10.000 UF. Este beneficio considera la modificación del artículo 14 letra D) de la ley, tomando como base el actual régimen general pyme.
Régimen Transparente: El eje central de esta propuesta tributaria es la “Ruta del Emprendimiento”, mecanismo que facilita el desarrollo de nuevas empresas mediante un régimen tributario transparente, que promueva la formalización y simplificación tributaria, a través de eximir del impuesto de primera categoría a las Mipymes, cuyos propietarios retiran la totalidad de las utilidades. De esta forma, solo tributarán a través del Impuesto Global Complementario que corresponde a sus propietarios.
Régimen alternativo: Para aquellas empresas que no quieran estar en el régimen transparente se mantiene el actual régimen integrado modificando la tasa de impuesto de primera categoría (IDPC), que pasa a ser de un 20%. En principio este régimen será utilizado por aquellas empresas con ventas superiores a las 25.000 UF (3,1% de las pymes). La reposición de la tasa al 20% será gradual a partir del año 2028 condicionado además al crecimiento económico.
Régimen transitorio inicial: Para fomentar los nuevos emprendimientos, el proyecto propone que las empresas, cuyos ingresos anuales no superen las 2.400 U. F, puedan acceder a un régimen preferencial simplificado. Es así como los primeros dos años, las pymes cumplan sus obligaciones tributarias de IVA e impuesto a la renta, mediante el pago mínimo de un monto fijo mensual. Pero, a partir del tercer año, las empresas podrán rebajar en un 100% el IVA, del mes 12 al 18 en un 50% y por los siguientes meses, un 25%.
Monotributo social: El proyecto establece también la creación de un “monotributo social”, consistente en un régimen especial permanente para microemprendimientos de personas naturales que pertenezcan al 80% de registro social de hogares y cuyos ingresos anuales no superen las 310 UF. Estos contribuyentes podrán mantenerse en este régimen permanente pagado 1⁄2 UTM mensual. Para las personas en este régimen, la Ley N° 21.713 establece la obligatoriedad de tener inicio de actividades en todo ámbito de actividades comerciales, así como disponer de acceso a medios de pago electrónico y recibir apoyo de organismos públicos (FOSIS, Sercotec, Corfo, INDAP, Municipios y otros).
Renta presunta (art. 34): Para promover una mayor equidad entre las pymes, el proyecto reduce el límite de ventas de contribuyentes que pueden acogerse al régimen de renta presunta a solo aquellos cuyas ventas no superen las 2.400 UF. Las empresas que superen estos ingresos se podrán incorporar al nuevo régimen transparente.








